Políticas de buenas prácticas editorial

Las presentes directrices establecen los principios y las buenas prácticas éticas que orientan el funcionamiento de la revista Entre Archivos y Memorias. Su propósito es garantizar la integridad, la transparencia y la responsabilidad ética en cada etapa del proceso editorial, así como fomentar el cumplimiento de estos principios entre todas las partes involucradas, incluidos el comité editorial, las personas editoras, los autores, los evaluadores y los lectores. De esta manera, se busca promover una cultura de buenas prácticas que fortalezca la calidad, la credibilidad y la confianza en las publicaciones de la revista. 

 

A continuación se desplegarán las políticas para cada actor:

1.Autores

Originalidad e integridad académica: Los autores deberán garantizar que los trabajos presentados sean originales y reconocer adecuadamente las ideas, los datos y los materiales procedentes de otras fuentes, mediante citas y referencias bibliográficas.

Veracidad de la información histórica: Los autores deberán fundamentar sus investigaciones en fuentes verificables, respetar su contexto histórico y evitar la falsificación, manipulación u omisión deliberada de evidencias documentales.

Respeto por el patrimonio histórico: Los autores deberán respetar la integridad de los documentos, fotografías, objetos y demás bienes patrimoniales utilizados, cumpliendo las disposiciones de acceso, consulta, conservación y reproducción establecidas por las instituciones custodias.

Derechos de autor: Los autores deberán contar con las autorizaciones necesarias para reproducir materiales protegidos y reconocer la autoría y procedencia de los recursos utilizados.

Protección de datos y testimonios: Los autores deberán respetar la privacidad y la dignidad de las personas cuyos testimonios o datos personales se incorporen en las investigaciones, obteniendo los consentimientos y permisos necesarios cuando corresponda.

Transparencia en el uso de inteligencia artificial: Los autores deberán declarar el uso de herramientas de inteligencia artificial conforme a las políticas de la revista y verificar la exactitud de las transcripciones, traducciones, referencias y demás resultados generados.

Responsabilidad sobre el manuscrito: Los autores deberán declarar posibles conflictos de intereses y comunicar oportunamente cualquier error significativo identificado antes o después de la publicación.

2. Comité editorial

Imparcialidad editorial: El comité editorial deberá evaluar los manuscritos con base en criterios académicos, científicos y éticos, sin discriminación por nacionalidad, género, afiliación institucional, creencias u otras condiciones personales.

Confidencialidad: El comité deberá proteger la información contenida en los manuscritos y los datos de autores y evaluadores, evitando su divulgación no autorizada.

Prevención de conflictos de intereses: Sus integrantes deberán declarar cualquier situación que pueda comprometer su imparcialidad y abstenerse de participar en decisiones cuando exista un conflicto relevante.

Prevención de malas prácticas: El comité deberá establecer procedimientos para atender posibles casos de plagio, fabricación de datos, manipulación de fuentes, publicación duplicada y otras infracciones éticas.

Protección del patrimonio histórico: El comité deberá considerar la procedencia, el tratamiento ético y las condiciones de reproducción de los materiales patrimoniales incluidos en los trabajos.

Transparencia en las decisiones: Las decisiones editoriales deberán fundamentarse en criterios previamente establecidos y comunicarse a los autores de manera clara, respetuosa y oportuna.

Correcciones y retractaciones: El comité deberá gestionar las correcciones, expresiones de preocupación o retractaciones que correspondan cuando se identifiquen errores graves o incumplimientos éticos.

3. Editores

Gestión responsable del proceso editorial: Los editores deberán garantizar que los manuscritos reciban un tratamiento organizado, transparente y acorde con las políticas de la revista.

Selección de evaluadores: Deberán seleccionar evaluadores con experiencia pertinente en la temática del manuscrito, procurando su imparcialidad e independencia.

Confidencialidad de los documentos: Los editores deberán resguardar los manuscritos inéditos, los informes de evaluación y la información confidencial a la que tengan acceso.

Comunicación con los participantes: Deberán informar a los autores sobre las decisiones editoriales, los cambios solicitados y las observaciones derivadas de la evaluación.

Cumplimiento de los criterios editoriales: Deberán verificar que los manuscritos cumplan los requisitos de presentación, citación, referencias, originalidad y documentación de las fuentes.

Uso responsable de tecnologías: Deberán proteger los manuscritos frente al uso no autorizado de herramientas de inteligencia artificial y otros sistemas tecnológicos, especialmente cuando puedan comprometer la confidencialidad o la integridad de los trabajos.

Independencia editorial: Deberán evitar que intereses personales, institucionales o económicos interfieran indebidamente en la evaluación y publicación de los manuscritos.

4.Revisores/evaluadores

Objetividad e imparcialidad: Los evaluadores deberán emitir juicios fundamentados en criterios académicos, metodológicos y éticos, evitando comentarios discriminatorios o descalificaciones personales.

Confidencialidad: Deberán mantener en reserva los manuscritos recibidos y abstenerse de compartirlos o utilizar sus contenidos en beneficio propio.

Declaración de conflictos de intereses: Deberán informar cualquier relación personal, profesional, institucional o académica que pueda afectar su imparcialidad y rechazar la evaluación cuando corresponda.

Rigor en la revisión de fuentes: Deberán señalar inconsistencias relevantes en las referencias, la interpretación de las evidencias y la contextualización de los acontecimientos históricos.

Respeto por el patrimonio documental: Deberán advertir posibles problemas relacionados con la procedencia de los documentos, los derechos de reproducción, la protección de testimonios o el tratamiento de materiales patrimoniales.

Fundamentación de las recomendaciones: Deberán presentar observaciones claras, pertinentes y constructivas que permitan mejorar la calidad del manuscrito.

Cumplimiento de los plazos: Deberán realizar las evaluaciones dentro del plazo acordado o comunicar oportunamente cualquier impedimento.